La Ley de identidad de género: una ley nefasta

Un día como hoy, el 9 de mayo del 2012, se sancionó en el Senado y Cámara de Diputados de la Nación una ley que está trayendo y va a traer muchos problemas para la Argentina: La Ley 26.743 en la que se establece “el derecho a la identidad de género de las personas”.  Esta fue la primera ley en Latinoamerica y ya ha sido replicada en gran cantidad de países (Colombia, Costa Rica, Chile, Uruguay, Bolivia, Perú, Ecuador, Cuba, Panamá, etc.).

Esta ley define la “identidad de género” como algo totalmente subjetivo e independiente de la estructura biológica y genética de la persona. Según esta ley, ahora todo depende de “la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente”. Y esa vivencia, se afirma, “puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo” (art. 2). Es decir, si la percepción subjetiva de uno mismo no corresponde con la realidad, entonces hay que cambiar la realidad. Por eso se afirma que como consecuencia hay que acomodar el cuerpo a los pensamientos de la persona, de tal manera que esto involucre “la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole” (art. 2).

Además, esta ley supone la errónea idea de que el sexo es algo “asignado al momento de nacer”, es decir, es algo impuesto por los padres. Por eso la ley afirma que si hay “expresa conformidad del menor” y se tiene en cuenta “interés superior del niño/a”, no hay ningún límite de edad para “acomodar” el cuerpo del niño a su pensamiento. El problema es que hay de hecho un “trastorno de la identidad de género” y someter a un niño que padezca esta psicopatología a un tratamiento hormonal y cirugías de reasignación de sexo es un crimen y abuso infantil.

Como quedó bien claro en el libro Atrapado en el cuerpo equivocado, “la hipótesis de que la identidad de género es innata e independiente del sexo biológico, de tal manera que un hombre pueda estar “atrapado en cuerpo de mujer”, o una mujer “en cuerpo de hombre”, no tiene absolutamente ningún fundamento científico, ni hay evidencia alguna al respecto”.[1]

Es de esta concepción subjetivista y totalmente arbitraria que se cae en el error de pensar que uno está “atrapado en el cuerpo equivocado”. Como se afirmó en el libro del mismo nombre, esta noción de estar “atrapado en cuerpo equivocado” no tiene ningún fundamento científico, pero se usa como slogan por el simple hecho de que corresponde con la creencia de muchos transexuales, los cuales encuentran en esta frase el “argumento” que necesitan para adquirir legitimidad cultural con respecto a su pretendida “identidad de género”.[2] Esta ley de la identidad de género incluye también “la vestimenta, el modo de hablar y los modales” de la persona (art. 2).

Ahora bien, y aquí se pone más difícil la cuestión, este supuesto “derecho” obliga al resto de la población: “a) Al reconocimiento de su identidad de género; b) Al libre desarrollo de su persona conforme a su identidad de género; c) A ser tratada de acuerdo con su identidad de género y, en particular, a ser identificada de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad respecto de el/los nombre/s de pila, imagen y sexo con los que allí es registrada” (art. 1). Esto es sin duda muy peligroso y totalitario, ya que obliga al resto de la población a ceder al capricho, psicopatología y trastorno de identidad de género de la persona, lo cual también conlleva a admitir como verdad algo que es mentira, ya que una de las mentiras más graves de la ideología de género es el afirmar que la identidad de género es innata e independiente del sexo biológico.[3]

Para colmo de males, hasta la fecha se “reconocen” 112 géneros posibles según los cuales uno se puede identificar a sí mismo. Es decir, si me autopercibo con el género transespecie (o transanimal), entonces tengo el derecho de desarrollarme como perro, el estado me tiene que reconocer esa identidad y el resto de la población me tiene que aceptar como perro so pena de cometer el crimen de la «transfobia». Y esto de identificarse como perros no es chiste:

 

Además, cuando se propone la identidad de género como un “derecho”, hay que notar que este no cae bajo la categoría de “derechos humanos” sino que está relacionado al género, es decir, “derechos LGBT”. En realidad lo que la ideología de género hace es negar la naturaleza del ser humano (por eso uno se puede identificar como perro), por lo que los “derechos” toman una nueva perspectiva: no humanos sino la del género. Al despojar la sexualidad y el “género” de su base biológica y fisiológica, la ideología de género ensalza la autopercepción a una dimensión “sobrenatural”, es decir, más allá de la naturaleza, aunque negando la naturaleza misma y el orden de las cosas y la realidad.

La ley otorga el “derecho” a “solicitar la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre de pila e imagen, cuando no coincidan con su identidad de género autopercibida” (art. 3). Es así que el salteño Sergio Lazarovich se autopercibió como mujer y se jubiló a los 60, o los casos de hombres condenados a la cárcel que se autoperciben como mujeres y son trasladados a cárceles femeninas (ver el caso de Gabriela Nahir F.), donde muchas veces terminan violando presas.

 

Todo lo que se pide es que presente una solicitud en el Registro Nacional de las Personas y traiga nombre nuevo (art. 4).

La Ley establece que: “Todas las personas mayores de dieciocho (18) años de edad podrán, conforme al artículo 1° de la presente ley y a fin de garantizar el goce de su salud integral, acceder a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género autopercibida, sin necesidad de requerir autorización judicial o administrativa” (art. 11). Se menciona a la “salud integral” como fundamento y esto es una gran mentira, ya que los tratamientos hormonales y las operaciones de reasignación de sexo son peligrosísimos para la salud humana y en cierta manera mortales, ya que el 41% de los transexuales intentan terminar su vida suicidándose. Esto es tan grave, que uno de los primeros propulsores de terapias hormonales y cirugías de reasignación de sexo, el Dr. Charles Ihlenfeld, quien “transformó” a 500 anunció públicamente que las personas que querían cambiar su género nunca deberían haberlo hecho, debido a la depresión, la ansiedad y principalmente el alto número de suicidios.

Esta es una ley nefasta porque se fundamenta en la idea errónea de que en algunas personas el cuerpo es algo extraño y totalmente independientemente de la autopercepción de la persona. En esos casos, se debe “acomodar” al cuerpo a lo que la persona “siente”, a su autopercepción y de modo mentiroso se tapa la realidad biológica de la persona y todo testimonio de la misma, como se afirma: “Sólo tendrán acceso al acta de nacimiento originaria quienes cuenten con autorización del/la titular de la misma o con orden judicial por escrito y fundada. No se dará publicidad a la rectificación registral de sexo y cambio de nombre de pila en ningún caso” (art. 9).

Esta ley debe ser abolida. Por el bien de las personas “trans”, por el bien de niños que padecen de disforia de género (mejor llamado trastorno de la identidad de género), por el bien de tantas personas que por distintos traumas nunca superados desarrollan una condición psicopatológica que los lleva a una distorsión de la percepción de la realidad.

© Pablo Muñoz Iturrieta 2019

[1] Muñoz Iturrieta, Pablo. Atrapado en el cuerpo equivocado: La ideología de género frente a la ciencia y la filosofía, Buenos Aires, Editorial Katejón, 2019, p. 29.

[2] Ob. Cit., p. 17.

[3] Cf. Ob. Cit., p. 29.

contacto Pablo Munoz Iturrieta (1)

4 Comentarios

  1. Lo realmente «nefasto» fue el caracter soterrado, velado, callado y subterraneo de proclamar una ley aberrante como esta. Sobre todo por que se pone en juego la soberania y la salud de la poblacion de una Nacion. Diran seguramente, «fue en democracia», pero no, no es democratico nada que se haga a espaldas y sin consulta previa al pueblo. ¿Que candidato hablo o insinuo en las campañas eleccionarias, de antes y aun de ahora, que se iba a trabajar sobre estas conculcaciones de derechos de las personas en favor de privilegios hacia otras? ¿Que politico hablo de «nuevas masculinidades a ser trabajadas en los curriculos escolares? Ninguno, porque si lo hacian , NADIE los votaba. Por eso que esta ley sea legal, es una cosa, pero seguro que inmoral e inconsulta y no-representativa, seguro si lo es.

    Me gusta

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s